Art. 25
En vigor desde 19 nov 2004
Artículo 25
1. La licencia de exportación contemplada en el artículo 18 y el certificado de origen mencionado en el anexo II podrán incluir copias suplementarias debidamente designadas como tales. Se redactarán en lengua inglesa.
2. En caso de que los impresos se rellenen a mano, se hará con tinta y con caracteres de imprenta.
3. El formato de las licencias de exportación o documentos equivalentes y de los certificados de origen será de 210 × 297 mm. Deberá utilizarse papel blanco, de un tamaño determinado, exento de pasta mecánica y de un gramaje de 25 g/m2 como mínimo. Cada parte llevará una impresión de fondo de líneas entrecruzadas rojas que permitan advertir cualquier falsificación por medios mecánicos o químicos.
4. A efectos de importación, las autoridades comunitarias competentes sólo aceptarán el original, de conformidad con las disposiciones del presente Reglamento.
5. Cada licencia de exportación o documento equivalente y el certificado de origen llevarán un número de serie normalizado, impreso o no, a efectos de identificación.
6. El número estará compuesto por los siguientes elementos:
—
dos letras para identificar al país exportador como sigue:
UA
=
Ucrania
—
dos letras que identifiquen el Estado miembro de destino previsto, de la siguiente forma:
BE
=
Bélgica
CZ
=
República Checa
DK
=
Dinamarca
DE
=
Alemania
EE
=
Estonia
EL
=
Grecia
ES
=
España
FR
=
Francia
IE
=
Irlanda
IT
=
Italia
CY
=
Chipre
LV
=
Letonia
LT
=
Lituania
LU
=
Luxemburgo
HU
=
Hungría
MT
=
Malta
NL
=
Países Bajos
AT
=
Austria
PL
=
Polonia
PT
=
Portugal
SL
=
Eslovenia
SK
=
Eslovaquia
FI
=
Finlandia
SE
=
Suecia
GB
=
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
—
una cifra que designe el año contingentario y que corresponda a la última cifra del año considerado, por ejemplo: «4» para 2004;
—
un número de dos cifras que designe la aduana de expedición del país exportador;
—
un número de cinco cifras consecutivas del 00001 al 99999 asignado al Estado miembro de destino.
Historial de versiones
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Tus anotaciones
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