Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 13 nov 2024
Se añade una disposición adicional decimocuarta a la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional decimocuarta. Régimen especial de permisos por la situación derivada de la DANA. Además de por los permisos del artículo 83.2, las personas socias trabajadoras o de trabajo podrán ausentarse del trabajo por las causas enumeradas en el artículo 42.1 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, en los términos previstos por el mismo y únicamente mientras se mantenga su vigencia. El ejercicio de esos derechos se producirá de forma retribuida considerando que la persona socia trabajadora o de trabajo sigue participando de la actividad cooperativizada y que, en consecuencia, tiene derecho a la percepción de los anticipos societarios correspondientes.»
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Proeli/es/rdl/2024/11/11/7#disposicion-final-tercera