Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 13 mar 2020
Este Real Decreto-ley se dicta al amparo del artículo 149.1.7.ª, 13.ª y 30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas, bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
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eli/es/rdl/2020/03/12/7#disposicion-final-tercera

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