Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 20 feb 2026
Las solicitudes de ayudas presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley se tramitarán y resolverán de acuerdo con lo regulado en esta norma, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos para su concesión.
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eli/es/rdl/2026/02/17/5#disposicion-transitoria-segunda

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