Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

En vigor desde 20 feb 2026
El presente real decreto-ley tiene por objeto la adopción de medidas urgentes de respuesta y adaptación ante los daños causados por las inundaciones y otros sucesos acaecidos en diferentes municipios de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdl/2026/02/17/5#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil