Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 5.ª De las cesiones globales de activo y pasivo

Art. 116

En vigor desde 30 jun 2023
Las sociedades participantes elaborarán un proyecto común de cesión global trasfronteriza, que deberá ser aprobada por cada una de ellas, y que contendrá las menciones requeridas en la cesión global interna y, en su caso, la información sobre el régimen de participación de los trabajadores en la sociedad o sociedades cesionarias.
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eli/es/rdl/2023/06/28/5#art-116

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