Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª De las escisiones con creación de nuevas sociedades

Art. 110

En vigor desde 30 jun 2023
La responsabilidad legal de todas las sociedades participantes en la escisión frente a los acreedores de la sociedad escindida al tiempo de la escisión, se regirá por la ley personal de esa sociedad.
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eli/es/rdl/2023/06/28/5#art-110

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