Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final novena
En vigor desde 17 mar 2013
Las determinaciones incluidas en normas reglamentarias que son objeto de modificación por este real decreto-ley podrán ser modificadas en el futuro por normas de rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
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Proeli/es/rdl/2013/03/15/5#disposicion-final-novena