Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 28 jun 2024
Con efectos desde el 1 de enero de 2025 se modifica el artículo 91.Dos.1.1.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactado de la siguiente forma:
«1.º Los siguientes productos: a) El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común. b) Las harinas panificables. c) Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo. d) Los quesos. e) Los huevos. f) Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo. g) Los aceites de oliva.»
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Proeli/es/rdl/2024/06/26/4#art-2