Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Gestión de los recursos humanos
Art. 28
En vigor desde 1 ene 2021
1. En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, mediante Resolución conjunta de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública y de la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos se aprobará un modelo de relaciones de puestos de trabajo.
2. La Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública dictará las instrucciones pertinentes con el fin de procurar una tramitación ágil y preferente en la provisión de los puestos de trabajo de las unidades administrativas de carácter provisional para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Proeli/es/rdl/2020/12/30/36#art-28