Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

En vigor desde 19 nov 2020
1. A los efectos de la aplicación de los artículos 111 a 125 y 135 a 146 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se considerará prorrogada para 2020 la vigencia del artículo 99 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, sustituyendo las menciones al año 2016 por el año 2018 y considerando los artículos 100 a 103, 105 y 106, 108 a 111, 113 y 115 de esta última norma, en lugar de los preceptos que se citan de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. 2. A los efectos de la aplicación del artículo 121 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se considerará prorrogada la vigencia de la disposición adicional centésima décima primera de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, sustituyendo las menciones al año 2016 por el año 2018.
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eli/es/rdl/2020/11/17/34#art-10

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