Capítulo CAPÍTULO I
Art. 8
En vigor desde 3 dic 2016
La suspensión de la compensación de la Comunidad Autónoma de Canarias al Estado por la supresión del IGTE referida en el apartado tercero del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias de 16 de noviembre de 2015 producirá efectos, en términos de devengo, a partir del 1 de enero de 2016.
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Proeli/es/rdl/2016/12/02/3#art-8