Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 20 feb 2011
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo de este real decreto-ley.
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Proeli/es/rdl/2011/02/18/3#disposicion-final-tercera