Capítulo CAPÍTULO IX

Art. Disposición transitoria sexta

En vigor desde 1 jun 2020
Durante 2020 se dotarán, mediante modificación presupuestaria, los créditos presupuestarios que resulten adecuados para la financiación del ingreso mínimo vital.
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eli/es/rdl/2020/05/29/20#disposicion-transitoria-sexta

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