Título TÍTULO II
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 8 dic 2018
Lo previsto en la disposición adicional vigésima sexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no resultará de aplicación a la convocatoria de las becas de Internacionalización Empresarial de ICEX correspondiente al ejercicio 2019. Durante dicho ejercicio deberá adaptarse la normativa reguladora de las mencionadas becas a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con el fin de que la normativa de subvenciones resulte de aplicación a las becas convocadas en 2020.
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Proeli/es/rdl/2018/12/07/20#disposicion-transitoria-cuarta