Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final primera

En vigor desde 23 ene 2020
1. Este real decreto-ley se dicta al amparo de las competencias exclusivas atribuidas al Estado en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y coordinación con la Hacienda estatal, por el artículo 149.1.13.ª y 156.1 de la Constitución Española. 2. Los artículos 1, 3, 22 y 23 de este real decreto-ley tienen carácter básico.
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eli/es/rdl/2020/01/21/2#disposicion-final-primera

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