Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 20 oct 2022
Se modifica el apartado 3 del anexo I por el que se establece la metodología para el cálculo de la cuantía de la ayuda del Bono Social Térmico del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, que pasa a tener la siguiente redacción:
«3. La ayuda mínima por beneficiario, para el caso de que exista disponibilidad presupuestaria, será de 40 euros. La ayuda para un consumidor vulnerable en la zona climática «i» se calculará conforme a la siguiente fórmula: Donde: i = zona climática comprendida entre los valores α y E. SCI i = valor medio del rango de SCI para la zona climática ''i''. En el caso de la zona α, se utilizará una SCI=0. En el caso de la zona E, se utilizará una SCI=1,51. SCI A = valor medio del rango de SCI para la zona climática A. α = coeficiente a calcular en función de la disponibilidad presupuestaria anual, siendo siempre a > 0.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rdl/2022/10/18/18#art-3