Capítulo CAPÍTULO V

Art. 16

En vigor desde 25 dic 2025
Desde el 26 de agosto de 2025 estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales a las que se refiere el Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de agosto de 2025 por el que se declara «Zona afectada gravemente por una Emergencia de Protección Civil» el territorio afectado como consecuencia de los incendios forestales y otras emergencias de protección civil acaecidas entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025.
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eli/es/rdl/2025/12/23/16#art-16

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