Capítulo CAPÍTULO V

Art. 12

En vigor desde 25 dic 2025
La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido queda modificada en los siguientes términos: Con efectos desde 1 de enero de 2025, la disposición transitoria decimotercera queda redactada de la siguiente forma: «Disposición transitoria decimotercera. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016 a 2026. Para los ejercicios 2016 a 2026, ambos inclusive, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2.º y el número 3.º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta ley, queda fijada en 250.000 euros.»
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eli/es/rdl/2025/12/23/16#art-12

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