Art. Disposición final tercera

En vigor desde 9 sept 2022
Se modifica la disposición final novena del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, que queda redactada como sigue: «Disposición final novena. Adaptación normativa. No obstante lo dispuesto en la disposición derogatoria única, las administraciones públicas competentes dispondrán de un plazo de dos años, a partir de la fecha de entrada en vigor de este real decreto, para realizar las adoptaciones que resulten necesarias de la normativa de cada uno de los programas comunes de activación para el empleo previstos en el mismo.»
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eli/es/rdl/2022/09/06/16#disposicion-final-tercera

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