Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. TABLA IV
DerogadoEn vigor desde 1 ene 2014
TABLA IV
Factores de corrección para las indemnizaciones básicas por lesiones permanentes
Descripción Aumento (en porcentaje o en euros) Porcentaje de reducción Perjuicios económicos Ingresos netos de la víctima por trabajo personal: Hasta 28.758,81 euros (1) Hasta el 10 – De 28.758,82 a 57.517,60 euros Del 11 al 25 – De 57.517,61 hasta 95.862,67 euros Del 26 al 50 – Más de 95.862,67 euros Del 51 al 75 – Daños morales complementarios Se entenderán ocasionados cuando una sola secuela exceda de 75 puntos o las concurrentes superen los 90 puntos. Sólo en estos casos será aplicable Hasta 95.862,67 – Lesiones permanentes que constituyan una incapacidad para la ocupación o actividad habitual de la víctima Permanente parcial: Con secuelas permanentes que limiten parcialmente la ocupación o actividad habitual, sin impedir la realización de las tareas fundamentales de la misma Hasta 19.172,54 – Permanente total: Con secuelas permanentes que impidan totalmente la realización de las tareas de la ocupación o actividad habitual del incapacitado De 19.172,55 a 95.862,67 – Permanente absoluta: Con secuelas que inhabiliten al incapacitado para la realización de cualquier ocupación o actividad De 95.862,68 a 191.725,34 – Grandes inválidos Personas afectadas con secuelas permanentes que requieren la ayuda de otras personas para realizar las actividades más esenciales de la vida diaria, como vestirse, desplazarse, comer o análogas (tetraplejías, paraplejías, estados de coma vigil o vegetativos crónicos, importantes secuelas neurológicas o neuropsiquiátricas con graves alteraciones mentales o psíquicas, ceguera completa, etc.): Necesidad de ayuda de otra persona: Ponderando la edad de la víctima y grado de incapacidad para realizar las actividades más esenciales de la vida. Se asimilan a esta prestación el coste de la asistencia en los casos de estados de coma vigil o vegetativos crónicos Hasta 383.450,65 – Adecuación de la vivienda Según características de la vivienda y circunstancias del incapacitado, en función de sus necesidades Hasta 95.862,67 – Perjuicios morales de familiares: Destinados a familiares próximos al incapacitado en atención a la sustancial alteración de la vida y convivencia derivada de los cuidados y atención continuada, según circunstancias Hasta 143.794,00 – Embarazada con pérdida de feto a consecuencia del accidente (2) Si el concebido fuera el primer hijo: Hasta el tercer mes de embarazo Hasta 14.379,41 – A partir del tercer mes Hasta 38.345,07 – Si el concebido fuera el segundo hijo o posteriores: Hasta el tercer mes de embarazo Hasta 9.586,26 – A partir del tercer mes Hasta 19.172,54 – Elementos correctores del apartado primero.7 de este anexo Según circunstancias Según circunstancias Adecuación del vehículo propio Según características del vehículo y circunstancias del incapacitado permanente, en función de sus necesidades Hasta 28.758,80 –
(1) Se incluirá en este apartado cualquier víctima en edad laboral, aunque no se justifiquen ingresos.
(2) Habrá lugar a la percepción de esta indemnización, aunque la embarazada no haya sufrido lesiones.
Se actualizan las cuantías con vigencia durante el año 2014 por el Anexo de la Resolución de 5 de marzo de 2014. Ref. BOE-A-2014-2819 . Se actualizan las cuantías con vigencia durante el año 2013 por el Anexo de la Resolución de 21 de enero de 2013. Ref. BOE-A-2013-945 . Se actualizan las cuantías con vigencia durante el año 2012 por el Anexo de la Resolución de 24 de enero de 2012. Ref. BOE-A-2012-1780 . Se actualizan las cuantías con vigencia durante el año 2011 por el Anexo de la Resolución de 20 de enero de 2011. Ref. BOE-A-2011-1494 . Se actualizan las cuantías con vigencia durante el año 2010 por el Anexo de la Resolución de 31 de enero de 2010. Ref. BOE-A-2010-1819 . Se actualizan las cuantías con vigencia durante el año 2009 por el Anexo de la Resolución de 20 de enero de 2009. Ref. BOE-A-2009-1669 . Se actualizan las cuantías con vigencia durante el año 2008 por el Anexo de la Resolución de 17 de enero de 2008. Ref. BOE-A-2008-1262 . Redactado conforme a la corrección de erratas publicada en el BOE núm. 31, de 5 de febrero de 2008. Ref. BOE-A-2008-1902 . Se actualizan las cuantías con vigencia durante el año 2007 por el Anexo de la Resolución de 7 de enero de 2007. Ref. BOE-A-2007-2955 . Se actualizan las cuantías con vigencia durante el año 2006 por el Anexo I de la Resolución de 24 de enero de 2006. Ref. BOE-A-2006-1695 . Se actualizan las cuantías con vigencia durante el año 2005 por el Anexo de la Resolución de 7 de febrero de 2005. Ref. BOE-A-2005-2723 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2004/10/29/8#tabla-iv