Libro TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSÉPTIMA
En vigor desde 24 may 2010
El Gobierno, en el plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, llevará a cabo las modificaciones reglamentarias necesarias para dar nueva regulación a las marchas cicloturistas.
Se añade por el art. único.13 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-18732
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Proeli/es/rdlg/1990/03/02/339#disposicion-adicional-decimoseptima