Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 15
En vigor desde 13 nov 2015
El Servicio Público de Empleo Estatal es el organismo autónomo de la Administración General del Estado al que se le encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, en el marco de lo establecido en esta ley.
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Proeli/es/rdlg/2015/10/23/3#art-15