Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Derechos y deberes derivados del contrato
Art. 20 bis
En vigor desde 7 dic 2018
Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Se añade por la disposición final 13 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-16673#df-13
Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/2015/10/23/2#art-20-bis