Libro LIBRO TERCEROTítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Procedimiento, medios de ejecución y medidas cautelares

Art. Disposición adicional decimoctava

En vigor desde 21 oct 2011
Por orden del Ministro de Fomento se podrán modificar los grupos y la asignación de las mercancías que figuran en el anexo III.
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eli/es/rdlg/2011/09/05/2#disposicion-adicional-decimoctava

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