Libro LIBRO TERCERO›Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª Procedimiento, medios de ejecución y medidas cautelares
Art. Disposición adicional decimoctava
344 / 378En vigor desde 21 oct 2011
Por orden del Ministro de Fomento se podrán modificar los grupos y la asignación de las mercancías que figuran en el anexo III.
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