Libro LIBRO PRIMERO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 4.ª De la responsabilidad
Art. 95
En vigor desde 1 sept 2020
Los administradores concursales responderán solidariamente con los auxiliares delegados de los actos y omisiones lesivos de estos, salvo que prueben haber empleado toda la diligencia debida para prevenir o evitar el daño.
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Proeli/es/rdlg/2020/05/05/1#art-95