Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 3 jul 2011
Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones a la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del texto refundido que se aprueba.
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eli/es/rdlg/2011/07/01/1#disposicion-adicional-primera

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