Título TÍTULO XIVCapítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección 3.ª Informe anual de gobierno corporativo e informe anual sobre remuneraciones de los Consejeros

Art. Disposición adicional decimoquinta

En vigor desde 3 may 2021
El límite del veinticinco por ciento del número de acciones integrantes del capital social en el momento de la autorización previsto en el artículo 511 no será de aplicación a las emisiones de obligaciones convertibles que realicen las entidades de crédito, siempre que estas emisiones cumplan con los requisitos previstos en la Parte Segunda, Título I, Capítulo 3, Sección 1 del Reglamento (UE) 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013 sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012, para que las obligaciones convertibles emitidas puedan ser consideradas instrumentos de capital de nivel 1 adicional de la entidad de crédito emisora. Se añade por el .32 de la Ley 5/2021, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2021-5773#at

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