Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª El acuerdo de aumento
Art. 302
En vigor desde 1 sept 2010
Cuando se aumente el capital por conversión de obligaciones en acciones, se aplicará lo establecido en el acuerdo de emisión de las obligaciones.
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Proeli/es/rdlg/2010/07/02/1#art-302