Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IV

Art. 169

En vigor desde 28 dic 2018
El plazo de prescripción para presentar reclamaciones con arreglo a este libro será de dos años. Se añade por el .2 del Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-17769

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdlg/2007/11/16/1#art-169

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil