Libro LIBRO PRIMERO›Título TÍTULO VI
Art. 87
En vigor desde 23 abr 1996
Son autores de la obra audiovisual en los términos previstos en el artículo 7 de esta Ley:
1. El director-realizador.
2. Los autores del argumento, la adaptación y los del guión o los diálogos.
3. Los autores de las composiciones musicales, con o sin letra, creadas especialmente para esta obra.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rdlg/1996/04/12/1#art-87