Título TÍTULO IVCapítulo (Derogado)

Art. Artículos 93 a 97

En vigor desde 1 ene 2001
(Derogados) Se derogan por la disposición derogatoria única.2 b) del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. Ref. BOE-A-2000-15060 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rdlg/1995/03/24/1#articulos-93-a-97

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil