Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 133 quinquies

En vigor desde 24 mar 2007
El derecho al subsidio por maternidad podrá ser denegado, anulado o suspendido, cuando el beneficiario hubiera actuado fraudulentamente para obtener o conservar dicha prestación, así como cuando trabajara por cuenta propia o ajena durante los correspondientes períodos de descanso. Se modifica por la disposición adicional 18.6 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Ref. BOE-A-2007-6115 . Se añade por el de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1994-28968 .

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eli/es/rdlg/1994/06/20/1#art-133-quinquies

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