Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª De la autocuratela y del nombramiento del curador§ Subsección 2.ª Del nombramiento del curador

Art. Sección cuarta

Derogado
En vigor desde 15 nov 1983
Sección 4.ª De la extinción de la tutela y de la rendición final de cuentas Se añade por el de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123 .

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eli/es/rd/1889/07/24/(1)#seccion-cuarta-3

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