Libro LIBRO TERCERO›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª De la forma de los testamentos
Art. 687
En vigor desde 16 ago 1889
Será nulo el testamento en cuyo otorgamiento no se hayan observado las formalidades respectivamente establecidas en este capítulo.
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Proeli/es/rd/1889/07/24/(1)#art-687