Libro LIBRO VTítulo TÍTULO III

Art. 961

En vigor desde 1 jun 1997
El Fiscal General del Estado podrá también interponer el recurso siempre que tenga conocimiento de algún caso en el que proceda y que, a su juicio, haya fundamento bastante para ello, de acuerdo con la información que haya practicado.
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eli/es/rd/1882/09/14/(1)#art-961

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