Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Normas generales

Art. 41

En vigor desde 8 nov 2015
El empresario titular del taller de fabricación de pirotecnia notificará, durante el mes de enero de cada año, a la Delegación del Gobierno correspondiente la producción real anual durante el año anterior.
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eli/es/rd/2015/10/30/989#art-41

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