Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 23

En vigor desde 8 nov 2015
Las instalaciones que integren el taller deberán situarse dentro de un recinto vallado cuya localización deberá cumplir las distancias determinadas en la ITC número 9, entre ellas y con los elementos exteriores que se establecen.
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eli/es/rd/2015/10/30/989#art-23

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