Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 156
En vigor desde 8 nov 2015
La Intervención Central de Armas y Explosivos dará cuenta de las autorizaciones expedidas a las Comandancias de las Guardia Civil, donde estén encuadrados los puntos de entrada y salida del territorio nacional del tránsito en cuestión, con el fin de efectuar cuantos controles se consideren oportunos tendentes a garantizar el mantenimiento de la seguridad ciudadana.
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Proeli/es/rd/2015/10/30/989#art-156