Capítulo CAPÍTULO III

Art. 5

En vigor desde 27 nov 2015
El perfil profesional del ciclo de grado superior en piragüismo de aguas bravas queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y el entorno profesional, laboral y deportivo.
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eli/es/rd/2015/10/30/983#art-5

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