Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 20

En vigor desde 27 nov 2015
Podrá ser objeto de exención total o parcial el módulo de formación práctica del ciclo de grado superior en baloncesto, en función de su correspondencia con la experiencia en el ámbito deportivo o laboral, detallada en el anexo X.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2015/10/30/982#art-20

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil