Art. 20
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 20

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En vigor desde 27 nov 2015
Podrá ser objeto de exención total o parcial el módulo de formación práctica del ciclo de grado superior en baloncesto, en función de su correspondencia con la experiencia en el ámbito deportivo o laboral, detallada en el anexo X.
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eli/es/rd/2015/10/30/982#art-20