Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 30

En vigor desde 26 nov 2015
Podrá ser objeto de exención total o parcial el módulo de formación práctica de los ciclos desarrollados en el presente real decreto, en función de su correspondencia con la experiencia en el ámbito deportivo o laboral, detallado en el anexo XIII.
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eli/es/rd/2015/10/30/980#art-30

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