Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 19 mar 2014
Este real decreto se dicta de acuerdo con lo previsto en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución española, que atribuyen al Estado competencia exclusiva sobre tráfico y circulación de vehículos a motor.
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Proeli/es/rd/2014/02/14/97#disposicion-final-cuarta