Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 17
En vigor desde 8 feb 2009
Tendrá presente que la disciplina, valor, prontitud en la obediencia y exactitud en el servicio son virtudes a las que nunca ha de faltar.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2009/02/06/96#art-17