Título TÍTULO III
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 5 nov 2020
El contenido del Código de Conducta sobre Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego de 7 de junio de 2012 se adaptará al contenido de este Real Decreto en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2020/11/03/958#disposicion-transitoria-primera