Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 30 jul 2018
1. En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito sectorial del Ministerio, la Subsecretaría promoverá, en colaboración con las Unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados. 2. Atendiendo a su régimen competencial singular, en las Unidades y los organismos adscritos actuales o futuros, sus Unidades TIC podrán no depender orgánicamente de la Subsecretaría.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2018/07/27/952#disposicion-adicional-septima

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil