Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª De las sociedades gestoras
Art. 15
En vigor desde 5 ago 2001
La sociedad gestora se constituirá con forma de sociedad anónima y sus socios serán las empresas de servicios de inversión adheridas al fondo en los términos del presente Real Decreto.
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Proeli/es/rd/2001/08/03/948#art-15