Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 6 ago 2010
Las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos que, por este real decreto, se suprimen se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se crean y los sustituyen o asumen sus competencias.
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eli/es/rd/2010/07/23/942#disposicion-final-cuarta

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